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En 1950 se crea el taller de confección de prendas militares, con el fin de suplir la demanda de los uniformes de la Fuerza Terrestre. En 1973, el taller se convierte en una dependencia de la Dirección de Industrias del Ejército, DINE.

DINE se crea mediante Ley Especial expedida el 19 de octubre de ese mismo año como una institución derecho público, con personería jurídica, autonomía financiera y administrativa, para el cumplimiento de objetivos, que podrían parecer curiosos e incomprensibles para cualquier analista. En efecto, no se trató de la creación de una empresa estatal, sino de una Institución Pública con fines empresariales, lo que marcó una sustancial diferencia y obligó a sus creadores, directivos y administradores a generar propuestas ingeniosas e innovadoras para lograr una idónea empatía entre la normativa del derecho público, rígida y exageradamente formal, aplicable a DINE por su  naturaleza jurídica y las regulaciones del derecho privado, flexibles y discrecionales, con las que se manejan los negocios privados de las compañías que debía constituir o a las que se tendría que asociar, para el eficiente y efectivo cumplimiento de sus fines institucionales.

Las  funciones y objetivos de DINE, apuntan a su  participación directa y/o con el concurso del sector privado, nacional e internacional, en el desarrollo de proyectos industriales y productivos, especialmente, mediante la conformación de  empresas propias o con la participación de inversionistas privados, promoviendo  la creación de  compañías o integrándose a su capital accionario, pero siempre compartiendo capitales, administración e ideas. El quehacer institucional de DINE, en estricto cumplimiento de sus fines,  la ha convertido en el brazo empresarial de la Fuerza Terrestre.

En este entorno, su incursión en al ámbito productivo nacional, observando el mandato constitucional de apoyo al desarrollo social y económico del país, se inscribió en los siguientes ámbitos: (i) autoabastecimiento de la Fuerzas Armadas, mediante la confección y fabricación de uniformes, vestuario, calzados, vituallas, equipos, municiones, armas, explosivos y accesorios; (ii) siderurgia, con la fundición y laminación de  varillas de hierro para la construcción, en especial; (iii) automotriz, en el ensamblaje de vehículos utilitarios y de trabajo, para venta interna y para exportación; (iii) explosivos industriales, para obras civiles y de infraestructura, minería y prospección sísmica petrolera; (iv) acuacultura, en la producción de camarones para la exportación; (v) agroindustrial, para el cultivo de banano y productos  no tradicionales de exportación; (vi) turismo, en el sector de la hotelería; (vii) minería, en proyectos de exploración y explotación polimetálicas.

 

 
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